INSTANTÁNEAS
¿La Justicia amarró solo una parte de la tragedia del ARA San Juan?
A casi nueve años del hundimiento del submarino ARA San Juan, la Justicia dictó la primera condena penal por la mayor tragedia naval de la Argentina reciente. Sin embargo, el fallo dejó un marcado interrogante entre los familiares de las víctimas: solo un oficial de la Armada fue condenado y otros tres altos mandos resultaron absueltos, mientras que las máximas autoridades políticas y navales quedaron fuera del proceso judicial desde el inicio de la instrucción.
El veredicto del tribunal y las absoluciones
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Cruz condenó a tres años de prisión en suspenso al capitán de navío Claudio Javier Villamide, excomandante de la Fuerza de Submarinos. La pena se fundamentó en el delito de estrago culposo agravado por el resultado de muerte en relación con el hundimiento en el que perdieron la vida 44 tripulantes.
En contraste, el tribunal dictó la absolución para los otros tres ex altos mandos que llegaron al banquillo de los acusados:
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Se absolvió al excomandante de Adiestramiento y Alistamiento de la Armada, Luis Enrique López Mazzeo.
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Se dictó la absolución para el capitán de navío Héctor Alonso.
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Resultó absuelto el capitán de fragata Hugo Miguel Correa.
La resolución se conoció tras más de 30 audiencias en un debate oral que focalizó la responsabilidad de manera exclusiva en la cadena de mando operativa. De este modo, el proceso evitó incluir a quienes ocupaban la conducción superior de la fuerza y los cargos políticos al momento del hecho en 2017.
El cerco judicial sobre las responsabilidades políticas
Desde el comienzo de la investigación, la jueza federal de Caleta Olivia, Marta Yáñez, tomó la decisión estructural de excluir de las imputaciones a figuras clave del gobierno y de la Armada de aquel entonces. Entre los desvinculados de la acción penal desde la instrucción se encuentran el expresidente Mauricio Macri, el exministro de Defensa Óscar Aguad y el entonces jefe de la Armada, Marcelo Srur.
Esta delimitación de la causa alimenta las dudas sobre si la Justicia «amarró» solo una porción de la tragedia. Al concentrar el proceso penal en oficiales de mando medio y operativo, no se avanzó contra la cúpula política ni el máximo mando naval, quienes tenían la responsabilidad última en las decisiones presupuestarias, de mantenimiento y en la autorización para la salida del submarino.
Espionaje ilegal: la causa que cerró la Corte Suprema
Paralelamente al expediente principal, se desarrolló una segunda causa emblemática centrada en el espionaje ilegal perpetrado contra los familiares de los 44 tripulantes durante los meses de búsqueda del navío. En octubre de 2025, la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó los sobreseimientos de Mauricio Macri, de los exjefes de la AFI Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, y de otros deudores y ocho exagentes, cerrando la vía judicial ordinaria en el país.
El abogado y familiar de uno de los tripulantes, Luis Tagliapietra, denunció públicamente las irregularidades de este cierre:
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Se probó fehacientemente que existieron infiltraciones, seguimientos y filmaciones a los grupos de deudos.
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La Corte Suprema de Justicia no revisó en profundidad las pruebas ni los argumentos presentados por las querellas.
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El fallo sienta un precedente peligroso en el país, alertando que ahora cualquier ciudadano que se queje por lo que sea puede ser espiado sin ninguna consecuencia legal.
Ante el bloqueo definitivo en los tribunales argentinos, las familias damnificadas anunciaron que recurrirán a las instancias internacionales, llevando el caso del espionaje ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
La reacción de las familias y el interrogante periodístico
El malestar de los allegados de las víctimas venía madurando desde hace tiempo. En abril de 2026, durante el desarrollo del juicio por el ARA San Juan, los familiares expresaron una frase tajante: «Nos entregan culpables, pero no la verdad». Posteriormente, en junio, las querellas que representan a 34 familias habían solicitado la pena máxima para los cuatro exjefes navales implicados, bajo el argumento de que el hundimiento fue la consecuencia directa de una imprudencia grave y sistemática por parte de quienes tenían el deber legal de cuidar a los tripulantes.
El escenario final plantea un severo interrogante periodístico e histórico sobre los límites del diseño de la causa:
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¿Por qué la instrucción judicial inicial decidió excluir de manera taxativa a Macri, Aguad y Srur?
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¿Por qué la máxima instancia judicial del país evitó profundizar en las pruebas de espionaje a los familiares?
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¿Qué porciones esenciales de la tragedia quedan, por lo tanto, marginadas del relato oficial de la Justicia?
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