CULTURA
LA REFORMA ELECTORAL PROPUESTA DESDE EL GOBIERNO NACIONAL
Por EMILIO AUUSTO RAFFO.
Me he referido anteriormente a algunos aspectos de la reforma electoral. Abordaré la cuestión referida a las caducidades , financiamiento y Parlamentarios a Mercosur
De la caducidad y extinción de los partidos
Se proponen una serie de normas restrictivas tendientes a decretar prontamente la caducidad de los partidos una vez reconocidos.
Los antecedentes nos ponen de manifiesto lo dificultoso que resulta obtener el reconocimiento de un partido político, sea nacional o provincial, y sean o no provincias con gran o poca densidad poblacional.
También la historia nos pone de manifiesto que partidos con corrientes tradicionales o ideológicas han sido pasibles de caducidad de personerías obligándolos a obtener nuevos reconocimientos irrogando un gran esfuerzo y gastos tanto de las agrupaciones como del propio estado (v.Gr Partido Comunista, P. Conservador, P. Obrero etc. etc.)
Por lo que la idea debería ser determinar una mayor permisividad y/o contemplación a esas fuerzas.
Dado que se establece la improrrogabilidad del plazo otorgado para elegir las autoridades a los nuevos partidos y dada la experiencia es conveniente resolver el otorgamiento o no de un nuevo plazo sujeto a la decisión de la justicia electoral
Si entendemos que en el caso de las alianzas electorales las Juntas Electorales de las mismas deberían cumplir con la ley de paridad de género como al resto de las autoridades partidarias. Paridad que no se ve reflejada al menos hasta el presente.
En las últimas elecciones y hasta donde pude verificar, con excepción de la alianza de Izquierda, el resto de las fuerzas no cumplieron acabadamente con el régimen de paridad de género en las Juntas Electorales de los frentes por lo cual me permito sugerir la incorporación de una norma al respecto.
2) La reforma del régimen de elección de Parlamentarios del MERCOSUR
La propuesta se circunscribe a las siguientes ideas:
a) Los Parlamentarios serán designados entre los Legisladores del Congreso Nacional,
b) La designación deberá respetar la misma proporción de los sectores políticos que en la Cámara.
c) No percibirán otra remuneración que las que les corresponda por su función de Legislador sin perjuicio de los viáticos que se otorgarán específicamente.
Nos encontraos acá también que una disposición que, en alguna medida podríamos tildar como “mañosa”.
Cuál es la razón que se puede dar para que, en lugar de que sea la población que elija a los parlamentarios, incluso de una fracción o sector distinta al voto que otorgue a los legisladores para que sean ahora los legisladores que en forma indirecta consagren a los representantes al Mercosur.
Vemos a diario, y no de ahora, que lo legisladores forman bloques, mono bloques, interbloques etc. etc. con el objeto de obtener mayorías en las designaciones que así lo requieran.
Casos concretos, y digamos escandalosos, cuando en alguna oportunidad se eligieron representantes al Consejo de la Magistratura
No se fundamenta acabadamente el porqué de esta modificación.
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