Los DDHH y el Pueblo de la Nación Argentina.
El RIGI y la expoliación de Argentina
Art. I, Inc. 2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos:
“Para el logro de sus fines, los pueblos pueden disponer libremente sus riquezas y recursos naturales sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la cooperación económica internacional basada en el principio de beneficio recíproco, así como del derecho internacional. En ningún caso podrá privarse a un pueblo de sus propios medios de subsistencia”.
Del Preámbulo de la Convención Americana sobre Derechos Humanos:
“Reiterando que con arreglo a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, solo puede realizarse el ideal del ser humano libre, exento del temor y la miseria, si se crean las condiciones que permitan a cada persona gozar de derechos económicos, sociales y culturales, tanto como de sus derechos civiles y políticos”.
La explotación financiera de los Recursos Naturales (RRNN), casi todos los cuáles son “normalizados como objetos de comercio” (commodities) que hoy se negocian como “derivados”, genera un problema mundial por el crecimiento de “numerales,” que se convierten en riqueza real de sus propietarios al momento de gastar ese dinero, que no tiene contrapartida alguna en la producción de bienes.
Este mercado financiero se expande en forma continua desde 1980 en el mundo entero. Al principio, lentamente; pero muy rápido desde la creación de los “derivados” que tuvieron su primera crisis en USA en el 2008 (Leehman Brothers).
A nivel local, en simultáneo con esos fenómenos financieros mundiales sucede lo mismo, con la apropiación abusiva, privada y progresiva de los RRNN argentinos. Que son del Pueblo. Esto sucede en consonancia con la apropiación del ahorro interno por parte de la gran Oligarquía Financiera Transnacional. Fenómeno cuya institucionalización fue inaugurada por las leyes del “proceso” (Gobierno Cívico-Militar Genocida) y por el avance de los medios tecnológicos fuera de control, algo no percibido por los argentinos, complementando las nuevas leyes de Inversiones Extranjeras y de Entidades financieras.
Hablamos del complejo conformado por la Computación con más las Comunicaciones, con la venta de ENTEL como momento liminar, y luego, las novedades posteriores de los satélites de Comunicaciones, la paralización de la Red de fibra óptica de Argentina, etc. Todo esto, realizado con la ayuda a los grandes empresarios privados, de los aparatos de Estado de las grandes potencias (EEUU y G.B.). Este es el mecanismo esencial, en la versión Argentina, que le ha permitido a un pequeñísimo sector de la población planetaria (hoy un 1%) avanzar en una concentración desmesurada del control, cuando no directamente de la propiedad (Black Rock, Vanguard, Pimco, etc), de la riqueza planetaria con el significativo e indeseado aporte de la población de Argentina.
Ese proceso de apropiación ha significado para los pueblos y las naciones del mundo un ejercicio sistemático de desposesión y ha resultado, para sus mayorías, en un sostenido proceso de empobrecimiento, por no canalizar adecuadamente y en favor propio, la explotación de las riquezas disponibles.
Desde comienzos de la década del 70 del siglo XX, la destrucción deliberada y sistemática del salario real (la participación en la riqueza desde el trabajo de las personas) y del empleo formal, acompañó ese proceso de concentración oligárquica y se constituyó en el instrumento más poderoso de fragmentación, desmovilización y sometimiento de las clases trabajadoras, que componen/ían las grandes mayorías de los pueblos del mundo. Esto tuvo sus excepciones, como fueron en Argentina los tres gobiernos de signo K, pero, a la larga, fue más intenso en aquellos países que ofrecían menor “densidad nacional”, al decir de Aldo Ferrer. Los países de menor “densidad” se dejaron invadir por esas sugerencias reiteradas y contumaces de privatización, concentración de la riqueza y liberalización o desregulación. Los “mayores” recordarán al periodista Bernardo Neustadt, que machacaba permanentemente por TV las ventajas de las privatizaciones, del achicamiento y remate del Estado. Del mismo modo, recordarán también sus consecuencias más escandalosas, evidenciadas en la crisis “del 2001”. El efecto de estas políticas, inspiradas en el Consenso de Washington, no fue el mismo en todas partes, sin embargo. Brasil, sometido a las mismas presiones, reaccionó con mejores autodefensas. Hizo como un Packmann: se comió las presiones mientras engordaba su industria. Los argentinos, en cambio, la destruíamos. La diferencia de “densidad”, resultó evidente. Muchos queremos recuperar para Argentina esa “densidad nacional” perdida, de allí que escribamos estas líneas.
Porque como es evidente para cualquiera que se mantenga medianamente informado, hoy se asiste en Argentina a una profundización intensa de ese proceso cipayo de entrega nacional, concretado en la aprobación de la Ley “Bases” y de su capítulo más importante en cuanto a desposesión transnacional: el Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones, RIGI.
La aplicación del RIGI no es un mero asunto económico. Tiene consecuencias e implicaciones directas para los derechos de las personas y del pueblo argentino en general. Todas las declaraciones y pactos de DDHH suscritos por Argentina y que integran la Constitución Nacional desde 1994, (Vigentes como Ley 23054 desde el 22/11/1969-Hoy: ¡55 años!) dictaminan que los RRNN sitos en el territorio nacional son propiedad del Pueblo todo.
Por lo tanto, según los mismos pactos y acuerdos, el Estado Nacional tiene la obligación de poner todos los recursos con que cuenta para garantizar el libre acceso y disfrute de esos RRNN por parte de su legítimo propietario, el Pueblo de la Nación, de manera de garantizar que cada uno de sus miembros pueda vivir “libre del temor y la miseria”, tal como enuncia el preámbulo de la Declaración Americana de los DDHH que incluye a los DESC+A (Derechos Económicos, Sociales y Culturales + Ambientales)
Dado que el RIGI permitiría la exportación total del producto de la explotación de los RRNN del caso, sin obligación de atender el mercado interno, ni la reserva para procesar en Argentina siquiera una parte de esas materias primas, su aplicación es el equivalente a una flagrante violación de los mandatos constitucionales, porque el RIGI:
No genera obligación alguna de realización interna de las ganancias en dólares, las que podrían repatriarse en su totalidad;
No obliga a dejar, por ej, el cobre en Argentina para hacer todos los artículos que lo usan y exportar estos para beneficio de la ocupación de la población Argentina; y esto, con todas las demás materias primas extraídas;
Permite la importación sin restricción de los Bienes de Capital necesarios; siendo que estos bienes son el “motor” del desarrollo industrial, y fabricarlos localmente es la única forma de obtener la soberanía total del recurso para la Nación (de otra forma, la propiedad se convierte en un mero hecho formal, y el territorio en el mero soporte físico de la actividad foránea, mientras ese extranjero extractor queda como el real soberano de ese territorio y del elemento extraído);
Somete cualquier conflicto al juicio de tribunales internacionales, o peor, a arbitrajes de organizaciones privadas, conformando esto, la totalidad de la pérdida de soberanía.
De este modo, el RIGI concreta en Argentina la desposesión total de los RRNN propiedad del pueblo argentino. Esa desposesión, por parte de las empresas transnacionales dominantes, principalmente anglosajonas, constituiría una violación total y sistemática de los deberes del Estado Nacional en cuanto a defensa y garantía del disfrute de los RRNN argentinos (no sólo Vaca Muerta: reservas hidrocarburíferas continentales y marítimas, minería, pesquerías, pampa húmeda, litio, oro, cobre, agua, ríos, energía en todas sus formas, viento, etc.) por parte del pueblo, privándolo de los recursos fundamentales para su desarrollo económico y garantizando de ese modo, la permanencia y ampliación en el tiempo de condiciones de pobreza y miseria, hoy, con el RIGI, planificadas e incrementadas.
Garantizar la satisfacción de las necesidades del pueblo argentino es, en la visión de quienes esto escriben, el deber principalísimo del Estado. A ese fin deben orientarse también las políticas económicas y el marco jurídico. Por eso mismo, el centro de la política no puede ser el déficit fiscal, que no es más que una convención, sino que debe ser el ser humano, con sus necesidades y reconocidos derechos.
Desde este punto de vista, queda claro que, en efecto, dónde hay una necesidad nace un derecho. Y si satisfacer necesidades, garantizando derechos, implica costos, la apropiación y el aprovechamiento industrial soberanos, en manos argentinas, de los RRNN sitos en el territorio patrio son el principal medio para cubrir esos costos y garantizar la satisfacción de esas necesidades. Los costos del desarrollo y de la satisfacción de necesidades se cubren con el incremento de trabajo que permanentemente se crea con nuevas iniciativas productivas soberanas, autocentradas. Ese es el modo que los países crecen y distribuyen la riqueza: con industria propia y con impuestos progresivos. El que más gana, más paga. La visión limitadora que sostiene que “donde nace un derecho, nace un costo”, y que, por lo tanto, deberían quedar “lamentablemente”, necesidades insatisfechas, es una visión cruel y elitista, contraria al progreso de la Nación en su conjunto, con ciudadanos activos y organizados con el fin de tener un mejor disfrute de la vida. Esa visión elitista y excluyente es aquello a lo que alude la sabiduría popular al expresar que “hay gente que tiene la vaca atada”. Si la vaca la tengo “atada”, además, entonces “ni siquiera tengo que pagar impuestos por ella”: es mía en forma absoluta.
La puesta en práctica del RIGI, que destruye desde la base la posibilidad de que el pueblo argentino se apropie de modo soberano de sus propios recursos y los use para satisfacer sus propias necesidades y garantizar sus propios derechos apunta, pues, a gestar un proceso de exterminio de la población nacional para concentrar la riqueza “en 4 vivos”.
Algo contrario a todo razonamiento Político Nacional Argentino y de la Humanidad toda. Algo íntima y decididamente anti-humanista.
Contrario también a todas las religiones y a todos los pueblos.
Por eso es imperioso sostener que: Argentina no la vendemos, la defendemos. Argentina la queremos soberana.
Estamos decididos a no ser llevados de la nariz por un desactualizado y casual Presidente, no capacitado para serlo, y por “los 4 vivos” que lo han cooptado para sus fines.
Proponemos que el camino es: la ruptura con el status quo:
● NO acatamiento a la inconstitucional Ley de Inversiones Extranjeras, que es imperioso derogar.
● Reforma total del paquete de leyes de M. de Hoz, con especial y urgente tratamiento de la Ley de Entidades Financieras y vinculadas.
● Controlar las Fronteras, renacionalizar los puertos o recuperar su control por parte del Estado y revertir las fugas de exportaciones, que son muchas más que la registradas (por eso la Hidrovía: para facilitar la fuga). Una estimación rápida, da exportaciones por unos 250.000.- Mu$s/año.
● Aprovechar los astilleros, en particular Río Santiago, para reconstruir una marina mercante y una fuerza de control naval, de manera de atender y controlar nuestro litoral marítimo y el Rio Paraná
Avanzar lo más rápidamente posible en el dragado y balizamiento del Canal Magdalena.
Financiar todo ello con moneda local, para lo cual no hay límites reales si el auto-centramiento económico y social es la meta.
Esta lista, parcial e incompleta, se puede y se debe expandir todo lo necesario para el logro de la felicidad del pueblo de la Patria.
Autores: Bruno Capra y Alejandro Romero.
3-7-24