ECONOMÍA
AFIP estableció la implementación de la factura electrónica
volanta
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció el cronograma con el que se implementará en forma escalonada la obligación de emitir factura electrónica para inscriptos en IVA, empresas de medicina prepaga y colegios privados, entre otros.
Para los responsables inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado, la fecha de inicio será determinada por el monto anual de operaciones alcanzado durante el ejercicio 2015.
También se establecieron las fechas en que deberán comenzar a emitir facturas electrónicas quienes vendan ganado, sean operadores del sector lácteo, y los acopiadores e intermediarios del sector tabacalero.
Además, la medida comprende a empresas de medicina prepaga, colegios privados, locadores de inmuebles rurales, alquiler temporario con fines turísticos; y galerías de arte.
Estos sectores quedarán exceptuados del régimen de información al momento de adherir a la Factura Electrónica, ya sea de forma voluntaria o, como fecha límite, el 1° noviembre.
Los que hayan registrado ventas netas igual o superior 2.000.000 de pesos en 2015, tendrán hasta el 1 de abril de 2016 para adherirse; y por ventas entre $500.000 y $ 2.000.000, el plazo es hasta el 1 de julio.
Para los que hayan realizado ventas netas menores a 500.000 pesos, el plazo es hasta el 1 de noviembre.

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