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ECONOMÍA

¿Cuáles son los nuevos controles que aplicó el Gobierno sobre los dólares financieros?

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La medida se suma a la suba de 10 puntos de las tasas de interés y la negociación para acelerar el ingreso de dólares frescos de organismos internacionales.

El Gobierno dispuso de nuevos controles para evitar la especulación en las operaciones de compraventa del dólar MEP y contado con Liquidación (CCL). Se trata de una política coordinada por el equipo económico para contener la corrida cambiaria de las últimas semanas y reducir las presiones del frente externo. La medida se suma a la suba de 10 puntos de las tasas de interés y la negociación para acelerar el ingreso de dólares frescos de distintos organismos internacionales para sumar a las reservas.

La medida de control sobre los dólares financieros fue adoptada por una resolución general de la Comisión Nacional de Valores (CNV), con fecha 28 de abril y será publicada este martes en el Boletín Oficial. La normativa, sin embargo, comenzó a tener vigencia a partir de este lunes, puesto que en Estados Unidos hay actividad financiera y bursátil, a diferencia del feriado en Argentina por los festejos del día del trabajador.

La resolución de la CNV considera pertinente establecer restricciones para quienes posean cauciones o pases, con el objetivo de «fortalecer el orden macroeconómico» y «estabilizar los mercados».

Juan Nápoli, de Banco de Valores, aseguró que “esta medida es un paso para ayudar a la equidad, equilibrio y transparencia”. Los controles para la compra de dólares financieros se centran en la cantidad de bonos vendidos respecto de la cantidad de los comprados. El alcance es para los títulos con liquidación en moneda extranjera que se hayan emitido bajo jurisdicción local o extranjera.

Controles
Para dar curso a la venta de dólares CCL, deberán observarse como plazos mínimos de tenencia de un día hábil en el caso de títulos bajo ley argentina y tres para los emitidos bajo ley extranjera, en ambos casos contados a partir de su acreditación en el Agente Depositario Central de Valores Negociables.

Asimismo, se dispone que tanto los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyCs) como los de Negociación no podrán dar curso ni liquidar operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera -en jurisdicción local y extranjera- correspondientes a clientes ordenantes (mientras mantengan posiciones tomadoras en cauciones o pases, cualquiera sea la moneda de liquidación).

El decreto que oficializó la normativa menciona que “se busca una mayor disponibilidad de instrumentos para estabilizar los mercados, absorbiendo posibles excedentes monetarios y, en particular, reordenar los activos financieros, en especial aquellos denominados en moneda extranjera, dentro del Sector Público Nacional, con vistas a un manejo más prudente y eficiente».

«En línea con los objetivos señalados, se evalúa pertinente establecer ciertas restricciones para quienes posean posiciones tomadoras en cauciones y pases, cualquiera sea la moneda de liquidación, y quieran concertar operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera, tanto en jurisdicción local como jurisdicción extranjera», completa el decreto.

Asimismo, se apunta a «armonizar la reglamentación vigente y, por lo tanto, también reordenar e implementar nuevos plazos de permanencia de los valores negociables en cartera para dar curso a transferencias de valores negociables adquiridos con liquidación en moneda nacional a entidades depositarias del exterior, diferenciando la ley de emisión de los mismos».

Gabriel Caamaño, economista de la consultora Ledesma, sostuvo que «una medida similar ya había estado en vigencia en 2021», en alusión a la resolución general 895 del 8 de julio de ese año y que, como en esta ocasión, se dio a conocer en medio de un fin de semana largo.

La medida no impacta para los inversores minoristas. Según el economista Ariel Sbdar, CEO de Cocos Capital, «el que quiera mandar pesos, comprar dólares MEP y al otro día llevarlos al banco, lo va a poder seguir haciendo de la misma manera que lo hacía hasta el viernes».

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ECONOMÍA

Kicillof homologó en Provincia el acuerdo salarial de Camioneros que Milei se niega a hacer en todo el país

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El Sindicato de Choferes de Camiones logró este viernes la homologación del acuerdo paritario en la provincia de Buenos Aires. De este modo, los trabajadores de ese gremio cobrarán el incremento correspondiente al 25% en marzo y el 20% en abril, y lograron meterle presión al gobierno de Javier Milei, que se niega a homologar el acuerdo a nivel nacional.

Pablo Moyano, secretario general adjunto de Camioneros, agradeció y destacó lo hecho por el gobernador bonaerense Axel Kicillof, a quien definió como «futuro presidente de la nación» por sus altas chances de ser «el nuevo conductor del peronismo», y su ministro de Trabajo, Walter Correa. Y no ahorró críticas contra el gobierno de La Libertad Avanza.
«El gobierno nacional lo primero que hace es atacar los derechos de los trabajadores, de los jubilados, de los que menos tienen, no reconocer las paritarias, aumentar, mentir con la inflación», expresó Moyano tras la homologación del acuerdo.»Lo que a un dirigente gremial muchas veces le duele es que muchos trabajadores, equivocados o no, hayan votado este proyecto. Y hoy estamos en la calle, peleando para que cambie este modelo económico«, agregó el líder de Camioneros.

«Si no se aprueba, el lunes no se va a mover una hoja en todo el país»

Pablo Moyano advirtió el jueves sobre la posibilidad de un paro en el sector para el próximo lunes si el Gobierno no homologa la paritaria que el gremio acordó con las cámaras empresarias.

«Si el 8 de abril, que es el lunes, no se confirma el aumento del 25% que se firmó para marzo, no se va a mover una hoja, una pluma en todo el país», sostuvo el cosecretario general de la CGT en declaraciones a C5N.

El referente sindical subrayó: «Va a haber un paro general desde el gremio de Camioneros defendiendo lo que se firmó hace un mes y todavía no se ha homologado».

El reclamo de Pablo Moyano es para que comience a aplicarse el acuerdo salarial acordado el pasado 23 de febrero: 45% de incremento dividido en dos tramos (25% en marzo y 20% en abril).

La falta de homologación de las paritarias es una situación que actualmente afecta no sólo al Sindicatos de Choferes de Camiones, sino a varias organizaciones gremiales.

Esa decisión de la Secretaría de Trabajo agrava el malestar del movimiento obrero, desde el que ya comience a analizarse la posibilidad de un nuevo paro general contra el Gobierno del presidente Milei.

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ECONOMÍA

Micale: «La motosierra y el déficit cero afectan el presupuesto de seguridad social»

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La abogada laboralista y previsional dialogó con Jorge Benedetti y Rodolfo Colangelo en Radio Gráfica, sobre la reforma de las jubilaciones que quiere concretar el actual gobierno nacional, «el problema fundamental que tiene el sistema previsional en este momento, es que la política anunciada de motosierra y de déficit cero no puede lograrse sin afectar el presupuesto de seguridad social, que es el presupuesto mas importante que tiene el estado.

«Con lo cual, es una situación compleja si verdaderamente se avanza con el objetivo de lograr un déficit cero, porque los sistemas de seguridad social, no en Argentina, sino en el mundo entero, no son autosuficientes, son varios los componentes que hacen que el autofinanciamiento no sea posible. Y la decisión política de recortar presupuestariamente para poder, en este caso, lograr un déficit para los logros de los objetivos económicos que el gobierno quiere, no tiene ninguna duda, otro efecto, que aceptar el pago de las jubilaciones, pensiones y el resto de los beneficios que componen el sistema de seguridad social (…)».

Y agregó, «en el mundo entero, la decisión política es financiar con partidas adicionales porque no es autosuficiente el sistema de seguridad social». #EnQueNosParecemos todos los sábados de 13hs a 15hs por FM 89.3

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ECONOMÍA

DNU presidencial: la Cámara Laboral de Cipolletti lo declaró inconstitucional

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La Cámara Laboral de Cipolletti declaró inconstitucional de oficio el Título IV de la reforma laboral introducida por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023. Consideró que la norma no cumplió con los requisitos procedimentales y constitucionales, sumado a la falta de ratificación por parte del Congreso de la Nación.

El tribunal de Cipolletti coincidió con los argumentos que dio la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que dictó en enero una sentencia a raíz de una acción de amparo iniciada por la CGT. Sin embargo, resaltó que el fallo de ese organismo nacional no tiene jurisdicción en la Cuarta Circunscripción Judicial de Río Negro. Por lo tanto, estableció un criterio propio para los casos futuros que ingresen al tribunal, en tanto y en cuanto no exista una doctrina legal obligatoria que resuelva en algún otro sentido.

Dada la novedad de los planteos, en la provincia aún no hay una doctrina legal obligatoria del Superior Tribunal de Justicia (STJ) que sea vinculante para todos los tribunales inferiores porque el máximo tribunal provincial todavía no ha recibido ningún expediente referido al punto. Esto significa que cada una de las seis Cámaras Laborales que examine un caso podría tener apreciaciones similares o diferentes, según su criterio jurídico.

Recientemente, la Cámara Laboral de Viedma, por mayoría, validó el DNU, pero solo para calcular los intereses que deberá recibir una mujer despedida. En este análisis, la fórmula establecida por el decreto presidencial favorece más a la trabajadora, ya que se basa en el índice inflacionario.

Casos en Cipolletti

La primera causa que estableció el criterio de la Cámara de Cipolletti involucra a una trabajadora de la agencia de Cata Internacional en la terminal de Cipolletti, despedida sin justa causa. Hizo el reclamo y recibirá las indemnizaciones agravadas derogadas por el decreto presidencial.

En otro caso, también se trató de un despido sin justa causa y una relación laboral no registrada. La mujer trabajaba en el geriátrico Hogar Amanecer de Cipolletti. Se decidió que recibirá todas las indemnizaciones correspondientes por el derecho vigente antes del dictado del DNU.

https://fallos.jusrionegro.gov.ar/protocoloweb/protocolo/protocolo?id_protocolo=7b6bfbda-d8b9-40c6-a6bb-8fa3f12c4b8d&stj=0&usarSearch=1&texto=&option_text=0

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