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Lengua de señas obligatoria para estatales bonaerenses que atiendan al público

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Por ley los poderes estatales y empresas de servicios públicos deberán tener al menos un intérprete capacitado para atender a las personas con disminución auditiva y sordomudos. Habrá en ministerios, secretarías, direcciones, organismos y entes autárquicos dependientes del Gobierno bonaerense.

La capacitación en Lengua de Señas Argentina (LSA) alcanzará a los empleados que atiendan al público en ministerios, secretarías, direcciones, organismos y entes autárquicos dependientes del gobierno bonaerense.

La iniciativa, elaborada por el Diputado Leonel Zacca, contaba con media sanción de la Cámara baja y ya fue convertida en ley en el Senado.

En su artículo 3, la ley establece que «cada dependencia gubernamental contará con un Registro de Voluntarios para ser formados en Lengua de Señas Argentina, los cuales finalizada dicha capacitación e incorporados a la función específica, habrán de recibir un plus salarial por tal ocupación».

Además, la ley dispone el llamado a concurso público para cubrir los cargos de profesores en LSA que capaciten al personal.

En este sentido, unos de los fundamentos principales de la medida establece que «numerosos ciudadanos y ciudadanas sordomudos y sordomudas concurren a diario a la sede de ministerios, secretarías, direcciones, organismos y entes autárquicos de la Provincia y no encuentran otra forma de darse a entender que por escrito», tengan la posibilidad de hablar con personal capacitado en el lenguaje de Señas.

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