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Divorcio exprés: una pareja se separó en cuatro días con el nuevo Código

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La jueza María Mercedes Sosa, titular del Juzgado de Familia N° 2 de Corrientes, decretó el divorcio de una pareja en una causa iniciada luego de la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial, el 1° de agosto último.

En el caso, una pareja presentó el pasado 4 de agosto una demanda en la que solicitaron de común acuerdo su divorcio, según lo dispuesto en la nueva normativa. La sentencia de divorcio fue firmada tres días después.

En el fallo, la magistrada consideró que “los cónyuges han requerido en forma conjunta el divorcio y en el ejercicio de la autonomía de la voluntad han acordado lo más conveniente para regular sus relaciones personales y patrimoniales, se los exime de concurrir a la audiencia prevista por el art. 34 inc. 1 del C.C.y C.” y, en consecuencia, el 5 de agosto dispuso el llamado de autos para sentencia, la cual fue dictada dos días después.

A partir de la implementación del nuevo Código Civil -que entró en vigencia el 1 de agosto pasado- para iniciar un trámite de separación se necesita sólo que alguno de los cónyuges manifieste su voluntad de divorciarse, sin que exista mutuo acuerdo ni transcurra un plazo mínimo desde la celebración del matrimonio. Quien desee separarse no debe acreditar la causa y la infidelidad ya no es motivo para pedir divorcio.

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