A raíz de la Resolución 1/2025, muchas empresas de medicina prepaga comenzaron a retener directamente los aportes de los trabajadores, convirtiéndose en prestadoras directas de los servicios de salud. Esta medida provocó que numerosos afiliados *perdieran su vinculación con su obra social* de origen (como OSMÉDICA) y, con ello, los beneficios asociados: *conservación de la cobertura tras la jubilación, descuentos en turismo, y otros derechos adquiridos* . Si al consultar el CODEM (https://www.anses.gob.ar/consultas/obra-social-codem) el afiliado observa que *ya no figura su obra social original* y aparece la prepaga como “obra social”, significa que sus aportes fueron derivados automáticamente. *¿Qué debo hacer?* El procedimiento denominado *“Voluntad de Permanencia en Obra Social”* permite a los afiliados manifestar su decisión de seguir en su obra social de origen, evitando que sus aportes sean transferidos a la prepaga contratada. *¿Cómo hacerlo?* : 1. Ingresar a la plataforma Trámites a Distancia (TAD) en Argentina.gob.ar. 2. Acceder con CUIT y Clave Fiscal. 3. Buscar el trámite: “Voluntad de Permanencia en Obra Social”. 4. Completar el formulario y confirmar la solicitud. 5. Guardar el comprobante de presentación. *Importancia del trámite* : • Evita la derivación automática de los aportes. • Garantiza la *libre elección* del afiliado respecto a su cobertura. • Permite *mantener los beneficios sociales y gremiales* de la obra social original. • Elimina el plazo mínimo de permanencia de 12 meses en una entidad de salud. *Plazo límite* : El trámite puede realizarse hasta el *31 de diciembre de 2025* . Pasada esa fecha, los aportes *quedarán definitivamente asignados a la prepaga* y no se podrá recuperar la obra social de origen.