POLÍTICA
Investigarán la designación de los hijos de Luis D´Elía en la Anses
volanta
En abril pasado, el fiscal ante la Cámara Federal, Germán Moldes, había pedido que siguiera la investigación para determinar si los hijos del dirigente kirchnerista Luis D´Elía habían sido designados como funcionarios de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) respetando las normas de ingreso a empleados de esa repartición estatal.
La jueza María Servini de Cubría había archivado la causa en la que se investigaba si fueron legales los nombramientos de Pablo Emanuel, Facundo Nahuel y Luis Ignacio D´Elía en esa entidad. Según la denuncia, los hijos del dirigente habían sido nombrados y no «contaban con el colegio secundario terminado», requisito necesario según el Convenio Colectivo de Trabajo que rige en Anses.
En el artículo 29 apartado 1.4 del Convenio Colectivo 305/98 se establece que quienes ingresen en el «agrupamiento Administrativo y de Servicios Generales» -donde se encuadrarían los hijos de D´Elía- deben «contar con al menos Título Secundario (ciclo completo) conforme la Ley Nacional de Educación Nº 26.026, o la que lo reemplace en el futuro».
En la causa judicial se había informado que dos de los hijos de D´Elía adeudaban materias del secundario y el restante estaba «cursando» ese nivel educativo.
Después de una explicación del área jurídica de Anses, la jueza decidió archivar el caso por «inexistencia de delito». Pero el fiscal del caso, Carlos Rívolo, apeló esa resolución y argumentó que las designaciones se hicieron sin observar los requerimientos legales.
Ante la apelación de Moldes, intervino la Sala I de la Cámara Federal, que decidió revocar el archivo firmado por Servini de Cubría. Con la firma de los camaristas Eduardo Farah, Eduardo Freiler y Jorge Luis Ballestero, el 24 de septiembre pasado se determinó que se reabriera la investigación y se ordenaron algunas medidas de prueba.
En su fallo -disponible en el Centro de Información Judicial (CIJ)- los jueces señalaron que: «Debe decirse, en primer lugar, que de momento se desconocen las tareas concretas que realizaron las personas investigadas al interior de la Administración Nacional de la Seguridad Social -Anses-. Ello es relevante pues, conforme lo establece la propia normativa que se estima incumplida (Convenio Colectivo de Trabajo N° 305/98), los ‘agrupamientos’ en los que se distinguen las labores prestadas por los agentes -Agrupamiento de ‘Conducción’, ‘Profesional’, ‘Técnico’, ‘Administrativo’ y de ‘Servicios Generales’- exhiben requisitos de idoneidad diferentes según el área y la tarea que se vaya a desarrollar. Esos presupuestos, a su vez, presentan excepciones especificas según la categoría a la que se quiera ingresar, entre las que se encuentra la posibilidad de acreditar -para el caso de ‘no contar con el Título Secundario requerido’- competencias laborales derivadas de actividades de entrenamiento o laborales previas (ver art. 29, apartado 1.4, ultimo párrafo, del mentado cuerpo normativo). De ese modo, y sin perjuicio de las restantes medidas de prueba que el fiscal estime útiles para demostrar su hipótesis delictiva, resulta imperioso determinar si los antecedentes informados por los incusos en sus respectivos Currículums (donde se alude a la prestación de servicios laborales previos a favor de la Subsecretaria de Tierras para el Hábitat Social del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación) suponen o no la configuración de las excepciones establecidas en la normativa presuntamente incumplida».
Según se desprende del fallo de la Sala I de la Cámara Federal, los hijos de D´Elía trabajaron antes en la repartición controlada por su padre. A partir de la decisión de los camaristas, Servini de Cubría debe realizar lo que está pendiente de investigar y luego resolver si hay que procesar o sobreseer a los imputados.
Fuente: Infobae
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